Estructura del estado colombiano
Organización territorial
El estado colombiano según la constitución
política, art 1 que define al estado como:
·
Estado
social de derecho.
·
República
unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática,
participativa, pluralista.
·
Fundada
en el respeto a la dignidad humana, en el trabajo, la solidaridad y en la
prevalencia del interés general.
LA
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
La nueva constitución política consagra como
base de su ordenamiento jurídico.
El articula 306 de la constitución política
expresa:
¨Dos o más departamentos podrán constituirse
en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica,
autonomía y patrimonio propio.¨ político e institucional:
·
La
organización como república unitaria (art.1)
·
La
descentralización con autonomía de sus entidades territoriales (art.1)
·
La
soberanía popular (art.2)
·
El
reconocimiento de la diversidad étnica y cultural de las diversas regiones que
lo conforman.
Una entidad territorial es la creación de
carácter legal de una circunscripción territorial correspondiente a una
colectividad local o regional, con:
·
Autoridades
propias,
·
Autoridades
administrativas,
·
Personería
jurídica, a fin de resolver sus propias necesidades mediante sus autoridades
elegidas por la comunidad o sus representantes.
Según la organización territorial artículos
285 y 286 constitución política esta se divide en:
·
Regiones
·
Departamentos
·
Municipios
y
·
Distritos
·
Asociaciones
de
·
Municipios
·
Provincias
·
Áreas
metropolitanas
·
Territorios
indígenas
EL
DEPARTAMENTO
Es una entidad territorial integrada por
municipios y bajo la autoridad de un gobernador.
Creado por el congreso de la república.
·
Autoridades:
asamblea departamental y gobernador.
Características:
·
Autonomía
de la gestión.
·
Autoridades
propias.
·
Personería
jurídica.
·
Hacienda
pública.
·
Departamental
·
Categorización
GOBERNADOR.
En cada departamento habrá un gobernador,
quien ostenta el carácter de:
·
Agente
del presidente de la república, (orden público y ejecución de la política
económica general)
·
Jefe
de la administración seccional y,
·
Representante
legal del departamento.
Es autoridad en la cual se manifiesta la
centralización y la descentralización.
Funcionario de elección popular para un
periodo de cuatro años, sin que pueda ser reelegido para el periodo siguiente.
El presidente de la república podrá suspender
o destituir al gobernador en la casa señalada por la ley.
LAS
REGIONES
El artículo 306 de la constitución política
expresa:
¨Dos o más departamentos podrán constituirse
en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica,
autonomía y patrimonio propio.¨
Su objeto principal será el desarrollo
económico y social del territorio de los departamentos que la integran.
EL
MUNICIPIO
Es la entidad territorial fundamental de la
división político administrativa, con autonomía política, fascal y
administrativa. Su creación corresponde a la asamblea departamental. Elementos:
·
El
geográfico
·
El
político
·
El
demográfico
Su objeto principal es prestar los servicios
públicos que determine la ley; construir obras; ordenar el desarrollo del
territorio; promover la participación comunitaria y el mejoramiento de la
calidad de vida de sus habitantes.
EL
CONCEJO MUNICIPAL
·
Es
u órgano de elección popular
·
Es
una corporación eminentemente administrativa, encargada de disponer lo
conveniente.
·
Cada
municipio constituye una circunscripción electoral.
·
Integrada
por concejales elegidos por un periodo de cuatro años.
Alcalde
popular.
·
Elegido
por voto popular para un periodo de cuatro años
·
Jefe
de la administración pública municipal
·
Nombra
y separa libremente sus agentes.
·
Calidades:
·
Ser
ciudadano colombiano
·
Haber
nacido en el municipio o ser residente.
COMUNAS
CORREGIMIENTOS Y JUNTAS ADMINISTRADORAS
Con el fin de asegurar una mejor prestación
de servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de
asuntos públicos de carácter local, la constitución proveen su artículo 318, la
facultad a los consejos de dividir el territorio del municipio en: comunas,
cuando se trate de áreas urbanas; corregimientos, en caso de áreas rurales.
INSPECCION
DE POLICIA
Sus oficinas creadas por el concejo municipal
·
Dependen
del alcalde municipal
·
Encargada
de conocer de las contravenciones de policía, de aquellos asuntos o negocios
que le asigne la ley.
·
Las
inspecciones pueden ser rurales o urbanas
PROVINCIAS
Las provincias se constituyen en municipios o
territorios indígenas circunvecinos.
Las provincias serán dadas por ordenanza,
para el ingreso a una provincia ya constituida deberá realizarse una consulta
popular en los municipios interesados.
ORGANIZACIÓN DEL
ESTADO COLOMBIANO
RAMAS DEL PODER
RAMAS DEL PODER PÚBLICO:
1.
Legislativa
2.
Ejecutiva
3.
Judicial
1)
RAMA
LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
Le corresponde reformar la constitución,
hacer las leyes y ejercer el control político sobre el gobierno y la administración.
Está formado por:
·
Senado
se la república
·
Cámara
de representantes
2.1. Composición del congreso de la república
SENADO:
·
100
senadores y dos por circunscripción nacional especial por comunidades indígenas.
CAMARA DE
REPRESENTANTES:
·
Dos
representantes por circunscripción territorial
·
Uno
más por 250.000 habitantes o fracción mayor de 125.000
Cinco más de de circunscripción especial (dos
por comunidades negras, una por comunidades indígenas, una por minorías políticas
y una para colombianos en el exterior)
2.2. REQUISITOS PARA
SER CONGRESISTA
SENADOR:
·
Ser
colombiano de nacimiento.
·
Ciudadano
en ejercicio
·
Ser
mayor de 30 años
REPRESENTANTE:
·
Ciudadano
en ejercicio.
·
Tener
más de 25 años a la fecha de la elección.
2.3. FUNCIONES
EGISLATIVAS DEL CONGRESO
·
Representar,
reformar y delegar las leyes.
·
Aprobar
el plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas.
·
Definir
la división general del territorio.
·
Expedir
normas a las cuales debe someterse el gobierno
·
Revestir,
hasta por seis meses, al presidente de la república.
·
Establecer
las rentas nacionales.
·
Aprobar
o improbar tratados que el gobierno celebre.
·
Dictar
normas sobre apropiación y adjudicación
·
Regular
el comercio exterior y señalar el régimen del cambio internacional.
·
·
Fijar
el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos.
·
Regular
el régimen de prestaciones sociales mínimas de los trabajadores oficiales.
2.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO
Le corresponde ejecutar en forma coordinada,
todas las actividades administrativas que están al servicio de los intereses
generales de la comunidad, para el adecuado cumplimiento de los fines esenciales
del estado. División.
MINISTERIOS:
1.
ministerio del interior y de justicia
2.
ministerio de la protección social
3.
ministerio de educación
4. ministerio
de relaciones exteriores
5. ministerio
ambiente y vivienda
6. ministerio
de comunicaciones
7. ministerio
de comercio, industria y turismo
8. ministerio
de hacienda y crédito publico
9. ministerio
de transporte
10. ministerio
de minas y energía
11. ministerio
de defensa nacional
12. ministerio
de cultura
13. ministerio
de agricultura y desarrollo social
Departamentos
administrativos, ejemplos:
a)
departamento nacional de planeación
b)
departamento administrativo nacional
Otros:
1.
U.A.E: dirección de impuestos y Aduanas
nacionales (DIAN). Biblioteca nacional y museo nacional.
2.
Establecimientos públicos: servicio nacional
de aprendizaje SENA, orquesta filarmónica de Bogotá, instituto colombiano de
bienestar familiar y instituto
colombiano para el fomento de la educación superior (icfes)
3.
Empresas sociales del estado: sanatorio de
agua de Dios e instituto nacional de cancerología.
4.
Órganos autónomos: entes universitarios autónomos,
comisión nacional de televisión y banco de la república.
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Requisitos:
·
Ser colombiano de nacimiento
·
Ciudadano en ejercicio
·
Mayor de 30 años
Elegido por votación popular
para un periodo de cuatro años.
Funciones:
·
Dirigir las relaciones internacionales
·
Dirigir la fuerza publica
·
Fijar las políticas publicas
·
Nombrar y separar los ministros de despacho
·
Sancionar y promulgar las leyes.
MINISTROS Y DIRECTORES DE
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO COMPETENCIAS:
·
Formulas políticas
·
Dirigir la actividad administrativa
·
Ejecutar la ley
·
Presentar al congreso un informe sobre el
estado de los negocios
1. RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
La administración
de justicia es parte de la función pública que cumple el estado, encargada por
la constitución y la ley de hacer efectivos los derechos y libertades
consagradas en ellas. Se divide en:
1.
Corte constitucional
2.
Corte suprema de justicia
3.
Concejo superior de la judicatura
4.
Concejo del estado
5.
Fiscalía general
1. Órganos jurisdicciones:
a) Jurisdicción
constitucional
1. Corte constitucional
b)
Jurisdicción de lo contencioso administrativo
1.
Concejo
de estado
2.
Tribunales
administrativos
3.
Juzgados
administrativos
c)
Jurisdicción ordinaria
Corte suprema de justicia
Tribunales superiores de
distrito judicial
Juzgado penal del circuito
especializado
Juzgados del circuito (civiles)
d)
JURISDICCION DE PAZ: jueces de paz
e)
JURISDICCION DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS: autoridades
de los territorios indígenas
2.
CONCEJO
SUPERIOR DE LA JUDICATURA
Sala
administrativa
3.
FISCALIA
GENERAL DE LA NACION
Instituto
nacional de medicina legal y ciencias forenses
MINISTERIO
PÚBLICO
Es ejercido
por:
·
Procurador general de la nación
·
Defensor de pueblo
·
Procuradores delegados
·
Agentes del ministerio publico
·
Procuradores provinciales y distritales
·
Personeros municipales
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
Tiene a su cargo la organización
de las elecciones, su dirección y vigilancia, asi como lo relativo a la identificación
de las personas.
AUTORIDADES QUE LA INTEGRAN:
·
Concejo nacional electoral
·
Registrador nacional del estado civil
·
Delegados del registrador nacional
·
Registradores distritales, municipales y auxiliares